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La nacionalidad por residencia es uno de los trámites más solicitados y es una de las necesidades de muchos inmigrantes para poder trabajar en el territorio español o la Unión Europea.

Una gran ventaja de optar por la nacionalidad española es que otorga derechos y deberes como ciudadano, que va más allá de sólo obtener una nacionalidad por trabajo o residencia.

Proporciona participación en elecciones y sufragios, protección diplomática en otros países y más.

¿Cómo se puede conseguir la residencia española?

Viviendo legalmente en el país por un tiempo determinado con un permiso o autorización. Debe ser de forma regular y continua anterior a la solicitud.

El plazo legal para optar por la nacionalidad es de diez (10) años, aunque en una condición de refugiado, pueden ser suficientes cinco (5) años. Lo cierto es que extranjeros de países cómo Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, el plazo se acorta a dos (2) años. Aquellos extranjeros que hayan nacido en territorio español obtienen más ventaja al plazo de espera de un (1) año de residencia continua en el país.

Existen otros casos como personas bajo tutela de un ciudadano español o de alguna institución española durante dos (2) años, cónyuges de españoles que no se hayan separado o divorciado, viudos de ciudadanos españoles, abuelos o abuelas de ciudadanos o nacionales españoles.

Cada uno de estos casos requieren trámites diferentes al igual que sus procesos de solicitud. Es importante asesorarse bien dependiendo cuál sea el caso.

Trámites para conseguir la Nacionalidad Española por Residencia

El Ministerio de Justicia es la entidad encargada para la aprobación o denegación de la solicitud de nacionalidad y deberán presentarse algunos documentos para ello, por lo que asesorarse correctamente es lo más importante para conseguir correctamente la aprobación de la nacionalidad española por residencia.

Una vez se haya concedido la nacionalidad, será necesario presentar otros trámites ante un encargado del Registro Civil, como el domicilio, la juramentación de fidelidad al Rey y la obediencia de la constitución y leyes españolas. También debe presentar la renuncia a su nacionalidad anterior, salvo que pueda permitirse la doble nacionalidad.

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